Debido al recrudecimiento de la crisis del coronavirus, la Xunta de Galicia pone en marcha nuevas medidas de restricción de aforos y movilidad. Os dejamos un resumen de los principales puntos publicados en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del jueves 22 de octubre.
- Los grupos para el desarrollo de cualquier actividad o evento familiar o social quedan reducidos a 5 personas como máximo (excepto convivientes).
- Se recomienda a las personas mayores de 75 años que eviten salir a la calle en las horas de mayor concentración de personas.
- Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de toldo y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas podrán funcionar al 50% de su capacidad.
- Será de aplicación un límite máximo de sesenta personas para lugares cerrados y de ciento cincuenta personas si se trata de actividades al aire libre.
- Podrá ampliarse el límite indicado hasta un máximo de cien personas para lugares cerrados y trescientas personas si se trata de actividades al aire libre, previa autorización de la Dirección General de Salud Pública, atendiendo a las concretas medidas organizativas y de seguridad propuestas y a los riesgos de contagio.
- Quedan prohibidos fiestas, verbenas y otros eventos populares.
- Los establecimientos comerciales no podrán superar el 50% de su capacidad y deberán prestar atención preferente a las personas mayores de 75 años.
- Las ferias no podrán superar el 50% de los puestos, lo que podrá compensarse ampliando el espacio o fijando nuevos días de celebración.
- Academias, autoescuelas y centros privados podrán funcionar al 50% de su capacidad.
- También se limita al 50% la ocupación de los establecimientos de hostelería, y al 75% en las terrazas. Queda prohibido el consumo en la barra. No se permitirá el acceso de clientes a partir de las 00.00 horas.
- Los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar tampoco el 50% de ocupación en las zonas comunes.
- Bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos, cines, teatros, auditorios y otras equipaciones culturales, tanto públicos como privados, así como los centros de ocio infantil, no podrán superar el 50% de su capacidad.
- La actividad deportiva no federada podrá practicarse sin contacto y en grupos de un máximo de 5 personas, además del/a monitor/la, si es el caso. En las piscinas se limita la ocupación máxima al 50%.
- La celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competición deportivas podrá contar con público, siempre que no se supere el 50% y, en todo caso, las 60 personas en lugares cerrados y 150 al aire libre.
- En los velatorios solo podrán reunirse 25 personas si es al aire libre y 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes.
- Las comitivas de entierro quedan limitadas a un máximo de 25 personas.
- La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 50% de la capacidad, y no podrán usarse el exterior de los edificios ni la vía pública.
- En las ceremonias religiosas deberán aplicarse las reglas de capacidad para los lugares de culto. En las celebraciones en establecimientos de restauración podrán participar hasta 100 personas si son al aire libre y 50 en espacios cerrados.
- En las actividades de tiempo libre deberá respetarse la organización en grupos de un máximo de 5 participantes.
- Los centros cívicos o sociales podrán abrir al 50% de su capacidad y siempre que en las actividades grupales no se superen los 5 participantes.
- En los parques y zonas deportivas de uso público al aire libre deberá respetarse una ocupación de 1 persona por cada 4 metros cuadrados.
Resumen realizado por AJE Vigo
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